Marcas Puerto RicoRegistro de Marcas en Puerto Rico

Nuestro equipo de abogados procesará en forma expedita el registro de su Marca Comercial en Puerto Rico a través de los siguientes pasos:

Búsqueda de Marcas

Paso 1

Estudio de Factibilidad de Registro de Marca

Reporte que incluye una búsqueda de marcas similares e idénticas, además de la opinión experta de nuestros abogados acerca de las probabilidades de éxito de su registro de marca. El Estudio de Factibilidad es opcional pero altamente recomendable pues permite descartar de antemano posibles objeciones a su marca.

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Solicitud de Registro de Marca

Paso 2

Solicitud de Registro de Marca

Presentación y tramitación de la Solicitud de Registro de Marca ante la Oficina de Marcas de Puerto Rico, de acuerdo a los procedimientos y requerimientos legales del país, con el fin de obtener la titularidad de la marca. Una vez presentada la marca se enviará copia escaneada de la solicitud presentada.

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Tí­tulo Marca Registrada

Paso 3

Tí­tulo Marca Registrada

Obtención del Tí­tulo de Registro de Marcas, el cual acredita la posesión de ésta. El servicio incluye también la Vigilancia de la Marca durante su vigencia, lo que ayuda a prevenir que terceras personas soliciten la misma marca o una marca similar.

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  1. ¿Es obligatorio registrar las marcas en Puerto Rico?

    Registrar no es obligatorio, pero si recomendable. De lo contrario no se accede a los beneficios legales que el registro concede.

  2. ¿Qué se puede registrar? (Dibujos, diseños, tridimensionales, sonidos, etc.)

    Pueden registrarse como marca: dibujos, emblemas, palabras, nombres, letras, números, frases, sonidos, colores y formas, entre otros. Estos pueden utilizarse individualmente o combinarse para constituir una marca.

  3. ¿Cómo se registran los establecimientos comerciales?

    Sí, es posible registrar como nombre comercial, en el registro de nombres comerciales, el proceso es muy similar al registro de marcas.

  4. ¿Utilizar la marca antes de registrar proporciona alguna ventaja?

    Sí. La primera persona en hacer uso de una marca posee el derecho exclusivo a ella, incluso si un tercero la registra posteriormente.

  5. ¿Cuánto dura el proceso de registro de marcas?

    Si la solicitud no se ve afectada por objeciones u oposiciones, el proceso de registro tomará entre 15 y 20 meses.

  6. ¿Una vez registrada la marca, es obligación utilizarla? ¿Qué sucede en caso de que no se utilice?

    Se pueden realizar registros de marcas de dos maneras: 1) registro con fecha de uso, si la marca está siendo usada en el comercio de Puerto Rico; 2) registro sin fecha de uso. Si la marca es registrada sin fecha de uso porque no se ha utilizado en el comercio de Puerto Rico, la marca deberá ser usada en Puerto Rico dentro de los cinco años siguientes a la fecha de registro, de lo contrario, el registro será suceptible a ser cancelado por no uso. Aquellos registros basados en la intención de usar la marca en Puerto Rico requieren una declaración de uso indicando bajo juramento que el uso se ha iniciado dentro de los 5 años siguientes al registro.

  7. ¿Es posible, en el caso de una marca mixta (Elemento verbal + dibujo) hacer uso, o bien tener protección sobre el elemento verbal separadamente sin necesidad de un registro aparte?

    Se puede realizar un solo registro que proteja tanto el elemento verbal como el dibujo de la marca, no es necesario realizar un registro aparte.

  8. ¿Cuál es el plazo de duración del registro de una marca?

    El plazo de duración del registro de una marca es de 10 años contados desde el día de concesión del registro.

  9. ¿Cuál es el plazo para renovar la marca?

    La renovación se podrá presentar durante un período de 12 meses anteriores a la fecha de renovación.

  10. ¿Es posible renovar el registro extemporáneamente? De ser así ¿Cuál es el plazo de renovación fuera de plazo?

    No es posible renovar una vez que ha transcurrido el plazo de renovación.

  11. ¿Cuáles documentos se requieren para renovar la marca?

    No se requiere documentación especial para renovar una marca, salvo la presentación de los formularios respectivos.

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